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Acreencias bancarias 2023: ¿Cómo saber si tengo dinero por cobrar?

Si tienes casi dos años sin cobrar acreencias desde el último listado anual, corres riesgos de que el dinero sea enviado al Fisco.

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informó este miércoles que ya está disponible el nuevo y actualizado listado de las Acreencias Bancarias afectas a caducidad.

Las acreencias son aquellos recursos a favor de terceros, depositados en bancos o cooperativas, a los que no se le han registrado movimiento o no han sido cobrados en dos años o más.

En resumen: son dineros que el usuario no cobró, por desconocimiento u olvido. Es importante cobrar dichos montos, ya que están sujetos a caducidad.

Cómo saber si tengo una Acreencia Bancaria

El proceso es muy simple. Solo se debe escribir el nombre y el sistema mostrará automáticamente si la persona tiene un dinero por cobrar en algún banco o cooperativa.

Aquí te dejamos el link para revistar si tiene una acreencia: https://acreencias.cmfchile.cl/

Si el buscador arroja la existencia de una acreencia, la persona debe acudir directamente a la institución señalada -con su cédula de identidad- para recuperar el monto indicado.

210.102 acreencias por más de $95,6 mil millones

La Ley General de Bancos precisa que “después de dos años en que un depósito, captación o cualquier otra acreencia a favor de terceros no haya tenido movimiento o no haya sido cobrada, debe ser informada mediante una publicación en el Diario Oficial y a la CMF”.

Según la información recopilada y difundida por la CMF, en 2023 se contabilizan 210.102 acreencias en 19 instituciones supervisadas, por más de $95,6 mil millones.

De ese monto, $84,7 mil millones son acreencias expresadas en moneda nacional. Sin embargo, también hay acumulados cerca de 12,3 millones de dólares y más de 1,1 millones de euros, entre otras monedas.

Si las acreencias no son cobradas luego de tres años desde que se confecciona y publica el listado anual de acreencias sujetas a caducidad, la institución financiera deberá ingresar al Fisco esos recursos.

“Así, a contar de esta publicación las personas que mantengan acreencias tienen un plazo de tres años para cobrarlas”, sostuvo la CMF.

Según el artículo 87 de la Ley General de Cooperativas, este año la publicación de la CMF incorpora las acreencias informadas por las cooperativas de ahorro y crédito fiscalizadas por la Comisión.