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Acreencias bancarias 2026: revisa si tienes dinero sin cobrar

Durante el mes de marzo, las entidades financieras que operan en Chile dieron a conocer los listados de personas que mantienen acreencias bancarias pendientes de cobro.

Se trata de dinero que permanece en bancos o cooperativas, sin haber sido retirado ni registrar movimientos por un lapso superior a dos años. Esta situación puede producirse porque el titular de los fondos no recordó su existencia o simplemente no sabía que esos recursos estaban depositados a su nombre.

Es importante considerar que las acreencias bancarias tienen un plazo de caducidad. Al cumplirse el período establecido por la normativa vigente, los montos que no hayan sido reclamados pasan a ser transferidos al Cuerpo de Bomberos.

Cómo revisar si tienes acreencias bancarias pendientes de cobro

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) dispone de una herramienta digital que facilita la verificación de manera rápida y simple sobre la existencia de acreencias bancarias a nombre de una persona.

Para realizar la consulta, debes pinchar aquí. Al ingresar al portal, solo será necesario completar los campos con nombre y apellido del titular.

La información entregada incluirá datos relevantes como el nombre, una parte del RUT, el monto asociado y la entidad bancaria donde se encuentran los fondos, además de otros antecedentes de interés.

Caducidad de los fondos

De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 156 de la Ley General de Bancos, cuando una cuenta permanece sin movimientos durante dos años, o bien una acreencia bancaria no es cobrada dentro de ese período, la entidad financiera está obligada a confeccionar un listado con los antecedentes y enviarlo a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). Esta información, además, debe ser difundida en el Diario Oficial durante el mes de marzo.

Una vez realizada dicha publicación, se abre un plazo de tres años para que los titulares puedan reclamar sus fondos. Si ese derecho no se ejerce dentro del tiempo establecido, los montos pasan a Bomberos, conforme a la normativa vigente.

“Transcurridos tres años desde el mes de enero en que corresponda formar la lista, la acreencia correspondiente caducará y se extinguirán a su respecto todos los derechos del titular, debiendo la institución financiera pasar de pleno derecho a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile las cantidades correspondientes, deducidos los gastos de publicación en su caso. La institución financiera pondrá tales cantidades a disposición de la referida Junta Nacional, la que prorrateará y distribuirá íntegramente dichos dineros entre los Cuerpos de Bomberos de Chile“, indica la normativa.