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Bolsillo Familiar Electrónico: Conozca los cambios y la fecha de pago de septiembre

Septiembre marcará un hito significativo en el programa del Bolsillo Familiar Electrónico, ya que se ampliará su alcance para llegar a nuevos hogares, quienes recibirán una asignación de $13.500 por miembro durante un período de cuatro meses, abarcando desde el próximo mes hasta diciembre.

Simultáneamente, algunas familias dejarán de recibir el respaldo financiero del gobierno que les permitía adquirir alimentos en comercios participantes, como supermercados, tiendas de barrio y ferias, entre otros establecimientos.

¿Cuándo es el pago de septiembre y quiénes lo reciben?

La próxima entrega de la asistencia económica está programada para iniciar el viernes 1 de septiembre, y se completará durante los primeros cinco días hábiles del mes, a través de depósitos en la Cuenta RUT del jefe o jefa de familia.

Entre mayo y agosto, algunos hogares recibieron este beneficio debido a que, al 31 de diciembre de 2022, sus miembros eran elegibles para el Subsidio Único Familiar o la Asignación Familiar, o eran participantes de los programas «Seguridades y Oportunidades» o «Chile Solidario».

A partir de septiembre hasta diciembre, en cambio, se beneficiarán las familias que cumplan con las mismas condiciones, pero que tengan miembros elegibles para los mencionados subsidios o sean participantes de los programas mencionados al 30 de abril de 2023.

¿A quién va destinado el Bolsillo Familiar Electrónico?

Para proporcionar una explicación más detallada, el Bolsillo Familiar Electrónico se concede de forma automática, sin requerir ningún proceso de solicitud por parte de los beneficiarios:

  • Causantes de la Asignación Familiar y de la Asignación Maternal, del Sistema Único de Prestaciones Familiares.
  • Causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  • Causantes de las familias usuarias del subsistema Seguridades y Oportunidades y las familias, pertenecientes al subsistema Chile Solidario, tales como:
  1. Persona con discapacidad, debidamente acreditada conforme con la calificación y certificación establecida en el artículo 13 de la Ley Nº 20.422.
  2. Estudiante con necesidades educativas especiales de carácter permanente que participe del Programa de Integración Escolar del Ministerio de Educación.
  3. Estudiante matriculado en establecimiento educacional con modalidad de educación especial, reconocido por el Ministerio de Educación.
  4. Estudiante de 18 años a 24 años con 11 meses.
  5. Menores de 18 años de edad.