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¿Qué es y cuándo es aconsejable renegociar una deuda?

En lugar de tener que negociar por separado con cada empresa o institución a la que se le debe dinero, existe una alternativa que implica presentar y debatir una propuesta de pago para todas las deudas pendientes. Este proceso es gratuito y se lleva a cabo en línea, con el respaldo de expertos en la materia.

Cuando se acumulan múltiples deudas, sea cual sea la razón, puede llegar un punto en el que no se cuente con los recursos necesarios para cumplir con todas las obligaciones financieras.

La primera solución que suele considerarse para abordar este problema es la reestructuración de deudas, que permite a la persona renegociar individualmente los términos y plazos de sus obligaciones financieras.

Sin embargo, si se tienen deudas con múltiples instituciones, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) ofrece una opción que consiste en reunir a todos los acreedores para discutir una propuesta de renegociación general.

Requisitos previos

Para poder optar por esta opción, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) establece ciertos criterios que deben cumplirse.

El primer requisito implica que el solicitante debe contar con dos o más deudas vencidas, con un período de morosidad superior a 90 días consecutivos, cuyo total, incluyendo los pagos realizados y los pendientes, alcance al menos 80 Unidades de Fomento (UF). El valor diario de la UF puede consultarse en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII).

El segundo criterio establece que el solicitante no debe haber tenido actividad económica de primera categoría relacionada con la prestación de servicios en los 24 meses previos al inicio del Procedimiento de Renegociación.

Finalmente, se requiere que el solicitante no haya recibido notificación de una demanda de liquidación forzosa o de un juicio ejecutivo en su contra. Esto puede ser verificado mediante el acceso a la página web del Poder Judicial utilizando la Clave Única.

Documentos a presentar

En caso de desear acceder al procedimiento y cumplir con los requisitos, se deberá presentar una serie de documentos necesarios.

Aunque la lista es extensa, algunos de los documentos requeridos incluyen una copia de la cédula de identidad por ambos lados, la comprobación de ingresos, el certificado de cotizaciones previsionales, el registro de deudas pendientes y al corriente, así como el informe de obligaciones con entidades bancarias, entre otros.

Para obtener una lista completa y detallada de los documentos necesarios, así como para conocer dónde obtener ciertos papeles, se puede visitar el sitio web www.tenlaclara.cl de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir).

Con todos estos documentos en orden, se está listo para acudir a la Superir, ya sea de manera presencial o a través de su plataforma en línea, con el fin de solicitar el inicio del proceso de renegociación.

¿Qué debe contener la propuesta de Renegociación?

La propuesta a ser entregada a los diversos acreedores debe abordar varios aspectos cruciales.

De acuerdo con la Superir, la propuesta debe detallar las condiciones de pago revisadas que se ofrecen, lo que incluye las deudas al día, las pensiones alimenticias y las deudas indirectas.

En el marco de esta propuesta, es fundamental expresar claramente lo siguiente:

  • Monto adeudado
  • Valor de cuota a pagar
  • Plazo en el que se pagará la deuda
  • Condiciones propuestas. Por ejemplo, que sea una cuota fija, se consideren meses de gracias, consolidar distintas deudas en una sola, etc.

Adicionalmente, se recomienda que el pago de la deuda no supere el 60% de tus ingresos. La Superir dispone de un plazo de 10 días para revisar la documentación a través de un abogado y un contador, con el propósito de evaluar y aprobar la solicitud, o en su defecto, requerir ajustes en la información proporcionada.

En caso de que se avance a las audiencias y se logre un acuerdo de pago, las deudas serán reestructuradas conforme a las condiciones acordadas. Si no se llega a un acuerdo, tanto la persona endeudada como los acreedores serán convocados a una audiencia adicional en la que se definirá la liquidación de los activos del deudor.