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Subsidio DS49: quiénes deben acreditar un ahorro de 15 UF para postular

Un grupo familiar que atraviesa una condición de vulnerabilidad social y requiere una solución habitacional tiene la posibilidad de postular al Subsidio DS49, el cual permite obtener una vivienda sin recurrir a financiamiento hipotecario.

Este programa contempla un aporte estatal integrado por una asignación principal y subsidios adicionales. Los montos otorgados dependen de factores como la localización de la propiedad, las características del proyecto habitacional y el perfil de quienes presentan la solicitud.

¿Quiénes deben tener un ahorro de 15 UF para postular al Subsidio DS49?

De acuerdo con lo informado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), en una postulación colectiva el monto de ahorro exigido será de 15 UF cuando alguno de los solicitantes se ubique en un tramo superior al 40% del Registro Social de Hogares (RSH).

Por otra parte, quienes estén clasificados dentro del 40% de mayor vulnerabilidad deberán acreditar un ahorro mínimo de 10 UF. En cualquiera de las situaciones descritas, el dinero debe encontrarse depositado, como fecha límite, el último día hábil del mes previo a la entrega de los antecedentes del grupo postulante.

Además, para formalizar la solicitud se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener más de 18 años de edad.
  • Poseer cédula de identidad vigente.
  • En el caso de personas extranjeras, contar con cédula para extranjeros vigente, donde conste la residencia definitiva, junto con su respectiva fotocopia.
  • Estar registrado en el RSH y no exceder el 40% de mayor vulnerabilidad.
  • Tratándose de una postulación grupal, al menos el 70% de los integrantes debe pertenecer al tramo del 40% más vulnerable, mientras que el 30% restante puede ubicarse hasta el 90%.
  • Si la solicitud es individual y destinada a construcción en sitio propio, el interesado debe encontrarse dentro del 50% más vulnerable.
  • Demostrar en el RSH la existencia de un grupo familiar. Solo podrán postular de manera individual las personas mayores, quienes sean viudos, quienes acrediten discapacidad, tengan calidad indígena o estén reconocidos en el Informe Valech.

Opciones para postular al Subsidio DS49

Quienes deseen acceder a este beneficio habitacional pueden optar por cuatro modalidades, diseñadas para facilitar el acceso a una vivienda definitiva según su realidad y tipo de proyecto:

  • Construcción en nuevos terrenos: desarrollo de conjuntos habitacionales que contemplan entre 10 y 160 unidades, incorporando urbanización, equipamiento comunitario y áreas verdes. Este formato admite únicamente postulación colectiva.
  • Pequeño condominio: iniciativas que consideran de 2 a 9 viviendas, emplazadas en suelo urbano bajo el régimen de copropiedad inmobiliaria, regulado por la Ley N° 21.442. En este caso, la solicitud también debe realizarse en forma grupal.
  • Construcción en sitio propio: edificación de una casa en un terreno que ya es propiedad del postulante. Esta alternativa permite postular de manera individual o colectiva.
  • Densificación predial: levantamiento de una o varias viviendas adicionales en un predio donde ya existen inmuebles habitacionales construidos. Puede gestionarse tanto en modalidad individual como colectiva.

¿Cómo postular al Subsidio DS49?

El primer paso para quienes deseen postular consiste en abrir una cuenta de ahorro destinada a vivienda y consignar en ella, como mínimo, el monto exigido. Posteriormente, resulta fundamental obtener información y asesoría respecto de los programas disponibles del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), así como conocer los plazos oficiales de postulación.

Más adelante, corresponde verificar el porcentaje de calificación socioeconómica registrado en el Registro Social de Hogares (RSH). Finalmente, el interesado debe acudir a una Entidad Patrocinante con convenio vigente con el Minvu, instancia en la que se gestiona y formula el proyecto habitacional que será presentado a evaluación.