Si eres titular de una tarjeta de crédito, seguramente sabes que cada mes debes realizar un pago por su utilización. Mientras algunos usuarios prefieren cancelar el total facturado, otros eligen pagar únicamente el mínimo requerido por el banco.
Para estos últimos, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) ha anunciado un ajuste en la fórmula y los componentes que determinan el pago mínimo de las tarjetas de crédito. Esta medida busca frenar el sobreendeudamiento y promover un uso más responsable del crédito.
“Aunque pagar el monto mínimo en tarjetas de crédito puede ofrecer flexibilidad durante periodos complejos desde el punto de vista financiero, es importante tener en cuenta que esta opción suele conllevar el pago de más intereses y prolongar el plazo de la deuda”, advierte la CMF.
Cuánto y cómo aumentará el pago mínimo en las Tarjetas de Crédito
El pago mínimo es el monto más bajo que un titular de tarjeta de crédito debe abonar mensualmente para evitar caer en morosidad. Si bien puede ser una opción útil en momentos de dificultad financiera, también tiene un costo: los intereses se acumulan y la deuda se extiende por más tiempo.
Por ello, la recomendación siempre será pagar el total facturado. Y si eso no es posible, al menos procurar abonar más del mínimo exigido, para así reducir intereses y plazos.
Hasta ahora, cada entidad bancaria definía su propia metodología para calcular ese pago mínimo. Sin embargo, con la entrada en vigor de la Ley 21.673, publicada en mayo del año pasado, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) recibió la facultad para establecer una nueva fórmula de cálculo, con el objetivo de reducir los altos intereses asociados al pago de montos mínimos.
Según la nueva normativa publicada este miércoles, el pago mínimo se calculará como la suma del Monto No Financiable (MNF) más el 5% del Monto Financiable (MF).
¿Y qué implica esto en la práctica?
- Monto No Financiable (MNF): corresponde a las cuotas sin interés que deben pagarse dentro del periodo de facturación. Además, incluye intereses, comisiones y otros cargos como impuestos, recargos adicionales, primas de seguros, entre otros. Este monto debe ser cancelado obligatoriamente cada mes.
- Monto Financiable (MF): representa la diferencia entre el total facturado y el MNF, e incluye las cuotas con intereses que corresponden al periodo de facturación.
Desde la CMF señalan que “los datos dan cuenta que un 84% de las personas termina pagando intereses por cuotas que fueron originalmente pactadas sin interés”, subrayando la importancia de considerar las cuotas sin interés dentro del pago mínimo.
La fórmula matemática que define el nuevo cálculo es la siguiente: Pago Mínimo ≥ 100% ⋅ MNF + 5% ⋅ MF
Además, la normativa contempla ciertas excepciones. Por ejemplo, si atraviesas dificultades económicas, tu banco puede autorizarte a no pagar tu deuda durante hasta dos meses consecutivos, siempre que este retraso se compense dentro de un plazo máximo de 24 meses y esté debidamente justificado ante la CMF.
¿Cómo se implementará?
La aplicación de esta nueva fórmula no será inmediata, sino que se llevará a cabo de forma progresiva, mediante aumentos graduales del 25% cada seis meses en las cuotas sin interés correspondientes a los Montos No Financiables (MNF). De esta manera, al cumplirse los 24 meses, se activará el régimen definitivo, en el que el pago mínimo obligatorio deberá cubrir al menos el 5% de los Montos Financiables (MF) y el 100% de los MNF.
Esta disposición comenzará a regir un año después de su publicación oficial, por lo que la implementación de la fórmula arrancará en junio de 2026, y el primer incremento del 25% se efectuará seis meses después.